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Asuntos familiares

Happy family lying in the ground, aerial view, © Colourbox.de
Consulte si en la representación correspondiente a su lugar de residencia necesita concertar una cita para este servicio consular.
Asuntos relativos al matrimonio / a las parejas de hecho
Celebración del matrimonio en España
En España se puede contraer matrimonio por la vía civil y la eclesiástica. No obstante el matrimonio eclesiástico no tendrá validez hasta su inscripción en el registro civil competente en España.
Si ambos contrayentes son extranjeros podrán celebrar el matrimonio en un registro civil español, siempre y cuando uno de los dos esté empadronado en España. Por ello los extranjeros y extranjeras que se encuentren en España solo de forma transitoria (p. ej., turistas) no podrán contraer matrimonio en España.
En asuntos relativos al matrimonio el registro civil mantendrá correspondencia directamente con usted.
Certificado de capacidad matrimonial (Ehefähigkeitszeugnis)
El “Ehefähigkeitszeugnis” certifica la llamada capacidad matrimonial de los contrayentes. Corresponde al registro civil del último lugar de residencia en Alemania la expedición de un certificado de capacidad matrimonial para ciudadanos/as alemanes/as. En caso de que nunca haya sido residente en Alemania o nunca haya tenido establecida allí su residencia habitual, el registro civil competente será el Registro Civil I de Berlín (Standesamt I).
Apellidos matrimoniales
Desde la reforma de 1994 del Derecho de apellidos alemán, tampoco en el ámbito jurídico alemán se procede ya automáticamente a la determinación de un apellido familiar común. En este último caso es necesaria una declaración específica. Encontrará más información en la hoja informativa al pie de la página.
Registro de matrimonios en Alemania
Un matrimonio celebrado en el extranjero se puede inscribir a posteriori en un registro de matrimonios alemán. No obstante, no es obligatoria la inscripción de un matrimonio celebrado en el extranjero. El certificado de matrimonio plurilingüe está reconocido por todas las autoridades alemanas sin traducción y sin apostilla.
Desde el punto de vista alemán, el certificado de matrimonio alemán proporciona seguridad jurídica de los datos contenidos en él.
En caso de que haya sido usted requerido/a por las autoridades españolas (p. ej. al solicitar un permiso de residencia para su cónyuge no originario de un Estado comunitario) a presentar un certificado de la representación alemana sobre la validez en Alemania de su matrimonio celebrado en un tercer país, solo le queda la posibilidad de solicitar la inscripción del matrimonio.
Nacimiento y apellido de los hijos
I. Declaración relativa a los apellidos de un/una menor
En caso de que el hijo/la hija de progenitores alemanes nazca en el extranjero, no siempre quedan establecidos automáticamente los apellidos según el derecho alemán, incluso cuando se señale un apellido en el certificado de nacimiento extranjero (p. ej., español) del/de la menor. En estos casos y antes de la primera expedición de un documento de identidad para este menor, se deberá establecer el apellido de nacimiento del niño/de la niña mediante una declaración de apellidos. Los progenitores determinarán si el/la menor llevará el apellido del padre o de la madre. En caso de que uno de los progenitores sea extranjero, también cabe la posibilidad de optar por la aplicación del derecho extranjero de apellidos (p. ej., si uno de los progenitores es español, el/la menor podrá llevar el primer apellido de cada progenitor). La opción para aplicar la legislación extranjera en el apellido se deberá realizar Antes de que la/el menor cumpla los 18 años.
Además, desde el 29 de enero de 2013 y de conformidad con el artículo 48 de la Ley introductoria al Código Civil alemán (EGBGB, por sus siglas en alemán) existe la posibilidad para los residentes de la UE de elegir los apellidos adquiridos y registrados legalmente en un registro civil de un Estado miembro de la UE, siempre que no sea manifiestamente incompatible con los fundamentos del derecho alemán.
Para realizar la declaración deberán personarse ante la representación alemana tanto los progenitores como los menores a partir de los 14 años.
Deberán presentar los originalesy una fotocopia de todos los documentos indicados en la hoja informativa (véa pie de la página). Recuerde que toda la documentación extranjera deberá ser presentada o bien en versión plurilingüe o bien provista de la apostilla de La Haya o una legalización y acompañada de una traducción jurada.
II. Solicitud de inscripción de nacimiento en Alemania con expedición de un certificado de nacimiento alemán
En caso de que un menor alemán haya nacido en el extranjero existe la posibilidad de solicitar la posterior inscripción de nacimiento en el registro civil alemán competente. De esta forma el menor también figurará en los registros alemanes y se le podrá expedir un certificado de nacimiento alemán. La inscripción del nacimiento incluye la citada determinación de apellidos, si fuera necesaria. Para la inscripción del nacimiento no se fija ningún plazo preclusivo.
Sin embargo los menores nacidos en el extranjero, cuyos progenitores alemanes o cuyo padre alemán o cuya madre alemana nacieran en el extranjero a partir del 01.01.2000 (entrada en vigor de la reforma del derecho de nacionalidad), ya no obtendrán la nacionalidad alemana, salvo que de ese modo pasarán a ser apátridas o en el caso de que los progenitores alemanes o el padre alemán o la madre alemana registren el nacimiento en el plazo de un año ante la Representación competente en el exterior (§ 4, aptdo. 4 de la Ley de Nacionalidad).
III. Tasas
- En la actualidad las representaciones alemanas tienen establecidas las siguientes tasas:
Declaración para la determinación de apellidos |
80 € |
Solicitud de inscripción del nacimiento con determinación de apellidos |
56 € |
Solicitud de inscripción del nacimiento con determinación de apellidos |
80 € |
Compulsa de fotocopias para su envío al registro civil alemán en lugar de los originales |
26 € - 32 € |
El registro civil alemán al que la representación alemana le remita la declaración de apellidos o la solicitud de inscripción del nacimiento también cobra tasas. Las tasas de los registros civiles alemanes en cuestión varían de un estado federado a otro (aprox. 50 a 160 euros) y podrán ser consultados directamente al registro civil competente. El pago de Estas tasas no se efectuará ante la representación consular.
Información para progenitores de menores recién nacidos/as
Queridos padres y madres:
Hemos resumido aquí información importante que es interesante para los progenitores de recién nacidos/as. En caso de que les surgieran dudas, consulten a las hojas informativas vinculadas, o diríjanse a la autoridad competente o a nosotros.
- La nacionalidad de su hijo/a
Su hijo/a adquiere automáticamente la nacionalidad alemana si nace de un padre o madre alemanes.
En caso de que el padre o la madre tenga otra ciudadanía, puede que su hijo/a también adquiera ésta ciudadanía por nacimiento. Así, por ejemplo, un niño de padre o madre españoles, adquiere automáticamente la nacionalidad española por ascendencia. Esto no influye en la ciudadanía alemana.
Información importante:
Hoja informativa sobre la no adquisición de la nacionalidad alemana por menores nacidos/as en el extranjero de progenitores alemanes (§ 4, apartado 4, frase primera, en concordancia con frase tercera, de la Staatsangehörigkeitsgesetz ([Ley de Nacionalidad])
- La patria potestad
La adjudicación de la patria potestad se somete al derecho del Estado en el que el/la menor tenga su residencia habitual.
En España tienen la patria potestad compartida, en principio, ambos progenitores, independientemente de que los progenitores estén o no casados el uno con el otro.
Una vez adquirida la patria potestad esta no se pierde tampoco en caso de que cambie la residencia habitual.
- Inscripción en el registro civil español
Una vez nacido su hijo/a, en el hospital obtendrá un certificado para poder inscribir el nacimiento en el registro civil español. En caso de que no estén casados, recomendamos inscribir el nacimiento conjuntamente para que la declaración de paternidad sea también válida para Alemania.
- Determinación de apellidos de su hijo/a
La ley de apellidos alemana difiere de la española. El apellido inscrito en el certificado de nacimiento español no es determinante para el pasaporte alemán.
1) En caso de no estar casados, y según la ley alemana, su hijo/a llevará automáticamente el apellido de la madre (independientemente de lo que figure en el certificado de nacimiento español).
2) Si están casados y llevan un apellido común según ley alemana, su hijo/a llevará automáticamente el apellido común.
3) Si están casados, pero no llevan un apellido común según ley alemana, tienen que hacer una declaración de apellidos en la cual determinarán los apellidos de su hijo/a.
Si ya han hecho una declaración de apellidos según ley alemana para un/a hermano/a nacida previamente, por lo general los apellidos determinados se aplican automáticamente para todos los/as hijos/as nacidos/as después.
4) En caso de que su hijo/a ya lleve un apellido (ver 1) y 2) ), pero prefieran otro apellido, pueden cambiarlo en algunos casos mediante una declaración de apellidos.
Recomendamos declarar el apellido junto al trámite de registro de nacimiento alemán, para que así su hijo/a esté inscrito en el registro civil alemán y pueda tener un certificado de nacimiento alemán.
- Inscripción del nacimiento en un registro civil alemán
Aunque no sea necesario determinar el apellido de su hijo/a, se puede inscribir el nacimiento en el registro alemán correspondiente para que el niño esté inscrito en Alemania y se pueda expedir un certificado de nacimiento alemán.
- El primer documento de identidad de su hijo/a
Para un recién nacido se puede solicitar un documento de identidad (pasaporte biométrico, pasaporte infantil o carnet de identidad).
En caso de que su hijo/hija aún no lleve apellidos conforme a la legislación alemana relativa al apellido o desee que su hijo/hija lleve otro apellido, previamente deberá presentar una declaración de apellidos/de nacimiento. Puede presentar la declaración de apellidos/de nacimiento y la solicitud de pasaporte el mismo día, para que la familia completa tenga que personarse solo una vez.
Recuerde que en el Consulado de Málaga debe concertar dos citas: una, en el apartado “Declaración de apellidos, declaración de nacimientos, trámites de inscripción de matrimonios ya contraídos”, y otra, con una diferencia de 45 minutos, en el apartado “Solicitud Pasaporte y carnet de identidad”. En el Consulado de Málaga deberá concertar dos citas: una, en el apartado "Asuntos de familia", y otra en el apartado "Solicitud de un pasaporte alemán o carnet de identidad". En la Embajada en Madrid y en el Consulado general de Barcelona es suficiente concertar una sola cita en el apartado “Asuntos de familia”, en caso de que no sea necesario tomar las huellas dactilares del menor (pasaporte infantil/pasaporte electrónico para niños menores de 6 años). En el Consulado de Palma, por favor concierte una cita a través del formulario de contacto. En el Consulado de Las Palmas de Gran Canaria la solicitud de cita se realiza por teléfono al 928 49 18 80.
Régimen económico matrimonial
Nuevos Reglamentos de la UE para determinar el régimen matrimonial aplicable
El 29 de enero de 2019 entraron en vigor dos reglamentos de la Unión Europea (Reglamento (UE) 2016/1103 y Reglamento (UE) 2016/1104) que determinan la ley aplicable en materia de regímenes económicos matrimoniales y efectos patrimoniales de las uniones registradas. Actualmente están en vigor en 18 países de la UE, entre ellos Alemania y España.
Junto con el Reglamento (UE) 1259/2010, que determina la ley aplicable al divorcio y a la separación judicial, los Reglamentos (UE) 2016/1103 y (UE) 2016/1104 contribuyen a una mayor unificación del Derecho Internacional Privado en la UE.
Al igual que el Reglamento (UE) 1259/2010, también los Reglamentos (UE) 2016/1103 y (UE) 2016/1104 quieren dar mayor solidez a la posibilidad de la elección de la ley aplicable. Los cónyuges o miembros de la pareja registrada pueden determinar ellos mismos la ley aplicable a su régimen económico. Pueden optar, entre otros, por la ley del Estado cuya nacionalidad posea uno de los interesados en el momento de elegir la ley aplicable.
En caso de que los cónyuges no hayan elegido ley aplicable, el régimen económico matrimonial estará sujeto a la ley del Estado en el que tengan o hayan tenido su primera residencia habitual y ello no es susceptible de modificación en ningún caso. Se puede tratar también de un Estado que no sea miembro de la UE.
Para los miembros de una pareja registrada conforme a una ley extranjera, la ley aplicable será la ley del Estado según cuya ley haya sido registrada la pareja.
(Observación: desde la introducción de “matrimonio para todos”, en Alemania únicamente se puede contraer matrimonio.)
Encontrará más información en la Hoja informativa que figura a continuación.
Divorcio
Nuevo Reglamento comunitario (Roma III) sobre divorcios con repercusión transfronteriza
El 21 de junio de 2012 entró en vigor un Reglamento comunitario por el que se regula el Derecho aplicable en el caso de un divorcio con repercusión transfronteriza y que está vigente en 15 países, entre ellos, Alemania y España.
El fundamento es que en caso de que los cónyuges no hayan acordado optar por la legislación que será aplicable en el supuesto de divorcio, el divorcio y la separación estarán sometidos al Derecho del Estado en el que los cónyuges tengan su residencia habitual en el momento de presentar su apelación ante un Tribunal.
Reconocimiento de divorcios extranjeros
La sentencia de divorcio dictaminada por un tribunal (u otra instancia) en el extranjero tiene efecto, en principio, en el país en cuestión. Su efecto legal en Alemania puede trasladarse a Europa a través del acuerdo “Bruselas II bis”. En caso contrario, será necesario en cada caso un procedimiento formal de reconocimiento.
Adopciones en el extranjero
Para poder justificar en el ámbito jurídico alemán la eficacia de una adopción pronunciada por un Tribunal (u otra instancia) extranjero se recomienda realizar cuanto antes tras la adopción en el extranjero un procedimiento de reconocimiento y de determinación de eficacia ante un juzgado de Familia alemán. Pueden solicitar información detallada en la Oficina Federal de Justicia, que entre otros cometidos cumple la función de central federal para las adopciones en el extranjero.
Hojas informativas
Matrimonio contraído en el extranjero - Apellido matrimonial
La determinación de apellidos de un hijo y solicitud de la inscripción del nacimiento
Obtención de documentos del estado civil españoles
Abogados, Médicos, Traducciones
Formularios de solicitud (solo en alemán)
Antrag Eheregister -solicitud registro matrimonio
Antrag Geburtsanzeige-solicitud inscripción nacimiento
Antrag Namenserklärung-solicitud declaración de apellidos
Antrag auf Ausstellung eines Ehefähigkeitszeugnisses-solicitud certificado de capacidad matrimonial
Enlaces de utilidad
Obtención de documentos del estado civil españoles