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Asuntos de herencia

Auf einem orangefarbenen Papier liegt ein Füller.

Erbrecht und Nachlassangelegenheiten, © Colourbox

25.02.2021 - Artikel

Declaración de herederos y certificado sucesorio europeo

En caso de fallecimiento del/de la causante, las oficinas del registro de la propiedad, los bancos y los seguros alemanes suelen exigir un documento que acredite la condición de heredero/a antes de transferir los bienes o liquidar una herencia. 

Dicha acreditación puede ser una declaración de herederos o un certificado sucesorio europeo (CSE).

Un certificado sucesorio europeo expedido por un tribunal sucesorio alemán se puede emplear también para regular los asuntos sucesorios en España y, por tanto, como acreditación ante las autoridades españolas de la condición de heredero.

¿Qué es una declaración de herederos y qué es un certificado sucesorio europeo?

En las relaciones jurídicas, a menudo es necesario que el/la heredero/a acredite su derecho a heredar, por ejemplo, si desea ser inscrito/a en el registro de la propiedad en Lugar del/de la fallecido/a, disponer de los objetos del caudal relicto o si quiere reclamar algún derecho del/de la causante y terceras personas desean tener la certeza de que realmente están tratando con el nuevo titular del derecho.

Se podrá acreditar dicha condición mediante una declaración de herederos o un CSE.

Tanto en la declaración de herederos como en el CSE se indica el derecho a heredar y el volumen de la parte correspondiente de la herencia, una posible sucesión fiduciaria o sucesión indirecta o la ejecución testamentaria.

Sin embargo no se indican gravámenes o cargas del/de la heredero/a con una proporción de legítima, legados o instrucciones.

Repudio de la herencia

Quien haya sido llamado/a como heredero/a puede repudiar la herencia, por ejemplo, si el caudal relicto está sobreendeudado. El repudio de la herencia se puede declarar por medio de una declaración de repudio dirigida al tribunal sucesorio en Alemania.

Compruebe en el sistema de cita previa de la representación de Alemania competente en su caso, si es preciso concertar una cita para la autenticación de firma.

Recuerde que, con la aplicación del Reglamento europeo de sucesiones (Reglamento europeo relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones, a la aceptación y la ejecución de los documentos públicos en materia de sucesiones mortis causa y a la creación de un certificado sucesorio europeo), es decir, desde el 17 de agosto de 2015, en el caso de fallecidos/as que tuvieran su residencia habitual en España solo será posible el repudio de conformidad con el derecho alemán, cuando en el testamento se haya optado de modo efectivo por el derecho alemán.

Plazos

En caso de que sea de aplicación el derecho alemán, únicamente será posible repudiar la herencia en el plazo de seis semanas a partir del momento en que se tenga conocimiento del caso sucesorio.

Sin embargo, el plazo será de seis meses, en el caso de que el/la fallecido/a tuviera su última residencia habitual exclusivamente en el extranjero, es decir, que no estuviera además empadronado/a en Alemania, o en el caso de que el/la heredero/a se encuentre en el extranjero al inicio del plazo. El plazo comienza a partir del momento en el que se tenga conocimiento de la sucesión y del motivo del llamamiento como heredero/a. En el caso de una sucesión por disposición mortis causa (testamento o pacto sucesorio) el plazo no se inicia hasta la apertura de dicha disposición por parte del tribunal.

Forma

La declaración de repudio de herencia no requiere una forma determinada, aunque sí es necesaria la autenticación de la firma o firmas del repudiante o de los repudiantes.

Otorgamiento de un testamento

Si usted es ciudadano alemán/ciudadana alemana y quiere testar en España, puede hacerlo ante un notario español.

Para el otorgamiento del testamento puede ser de utilidad ponerse en contacto con un/a abogado/a que también conozca la ley de sucesión alemana.

En nuestras listas de abogados encontrará abogados de habla alemana dentro de las jurisdicciones de la representaciones de Alemania en España.

Un testamento otorgado según la ley española es válido ante la ley alemana, si fue otorgado en territorio español.

Si lo prefiere, también puede otorgar un testamento quirografario en alemán o ante un/a notario/a en Alemania.

Asesórese detalladamente con un abogado experto en la materia. La Representación de Alemania competente en su caso gustosamente le facilitará información General.

Novedad importante relativa al Reglamento europeo de sucesiones

Desde el 17 de agosto de 2015 es aplicable el nuevo “Reglamento europeo relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones, a la aceptación y la ejecución de los documentos públicos en materia de sucesiones mortis causa y a la creación de un certificado sucesorio europeo” (Reglamento europeo de sucesiones) que ha supuesto diversas modificaciones importantes para los ciudadanos comunitarios. 

Si hasta la fecha en el caso de los ciudadanos alemanes la sucesión venía regulada por el Derecho alemán, desde el 17 de agosto de 2015 es determinante el Derecho del lugar de residencia habitual del/de la causante en el momento de su fallecimiento.

De ello pueden derivarse importantes divergencias con respecto a la situación en materia del Derecho sucesorio aplicable hasta entonces.

Impuesto de sucesiones en Alemania

Sujetas al impuesto de sucesiones están entre otras:

  • la adquisición por vía sucesoria/de legado,
  • la adquisición por donación por causa de muerte,
  • la ventaja económica debida a un contrato suscrito
       por el/la testador/a (p. ej. seguros de vida),
  • la adquisición por pretensión de legítima o
       derecho sucesorio del/de la hijo/a extramatrimonial.

La adquisición de bienes que no esté basada en un testamento leído por un tribunal sucesorio o un notario alemán deberá ser declarada por el/la heredero/a ante hacienda en un plazo de 3 meses.

El importe del impuesto a pagar dependerá del tramo fiscal, así como de la relación personal del/de la heredero/a con el/la fallecido/a, y del valor de los bienes adquiridos.

El convenio de doble imposición entre la República Federal de Alemania y España del 5 de diciembre 1966 no es aplicable en caso de impuestos de sucesiones.

Para más información diríjase a su oficina de Hacienda.


Hojas informativas

Hoja informativa relativa a la solicitud de declaración de herederos/hijuela

Certificado de herederos (cuestionario manual)

Certificado de herederos (cuestionario electrónico)

Hoja informativa relativa al repudio de la herencia

Modelo de declaración de repudio de herencia

Modelo de declaración de repudio de herencia en nombre de los hijos

Modelo de declaración de repudio de herencia con hijos

Derecho de sucesiones: novedad importante introducida por el Reglamento comunitario en materia de sucesines mortis causa

Hoja informativa relativa al Registro Central de Últimas Voluntades


Enlaces de utilidad

Abogados plurilingües en España

El Registro Central de Últimas Voluntades

Autoridades fiscales alemanas



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