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Adquisición de la nacionalidad alemana
Pasaporte alemán, © colourbox
Aquí encontrará información sobre los aspectos fundamentales del derecho alemán de nacionalidad. ¿Cómo adquirir la nacionalidad alemana?
El menor que en el momento de su nacimiento tenga un progenitor alemán adquirirá automáticamente la nacionalidad alemana, siempre y cuando la ascendencia del/de la progenitor/a alemán/alemana sea inequívoca conforme a derecho alemán.
Si el menor adquiere además otra nacionalidad en el momento de su nacimiento (p. ej., porque un progenitor posee la nacionalidad española), ello no tendrá consecuencias con respecto a la nacionalidad alemana.
Excepción: Si el/la progenitor/a alemán/alemana nació en el extranjero después del 31 de diciembre de 1999, el menor solo adquirirá la nacionalidad si dentro del plazo de un año se solicita la inscripción en el registro alemán de nacimientos. Aquí encontrará más información sobre el llamado «corte generacional».
En caso de que desee solicitar un certificado alemán de nacimiento, determine los apellidos del menor o solicite un documento identificativo para su hijo/a, encontrará más información aquí.
El derecho válido hasta la fecha seguirá siendo determinante.
En la adquisición de la nacionalidad por descendencia, será válido el derecho alemán de nacionalidad vigente en el momento del nacimiento. Este derecho de nacionalidad ha sido modificado repetidamente. Los datos más importantes de la adquisición por nacimiento son:
- padre alemán (hijos nacidos dentro del matrimonio): adquisición por nacimiento desde el 01-01-1914
- padre alemán (hijos nacidos fuera del matrimonio): adquisición por nacimiento desde el 01-07-1993
- madre alemana (hijos nacidos dentro del matrimonio): adquisición por nacimiento desde el 01-01-1975
- madre alemana (hijos nacidos fuera del matrimonio): adquisición por nacimiento desde el 01-01-1914
En determinados casos, los hijos de nacionales alemanes que no hayan adquirido la nacionalidad alemana por descendencia en el pasado debido a la normativa vigente, podrán adquirirla hoy por declaración (más información).
Antes del 1 de enero de 1975 los hijos nacidos dentro del matrimonio entre una madre alemana y un padre extranjero no adquirían la nacionalidad automáticamente por nacimiento. Esto mismo era de aplicación a los hijos nacidos fuera del matrimonio de un padre alemán antes del 1 de julio de 1993. También en otras constelaciones se daba la discriminación por sexo. Desde agosto de 2021 los afectados podrán adquirir la nacionalidad alemana mediante una declaración (más información).
Desde el 1 de enero de 2000 y en determinadas circunstancias, los hijos de padres extranjeros que hayan nacido en Alemania adquieren automáticamente la nacionalidad alemana por nacimiento. Para ello, uno de los progenitores deberá haber tenido su residencia habitual y legal en Alemania durante al menos ocho años (a partir del 27.05.24 cinco años) y debe estar en posesión del derecho de permanencia indefinida.
A partir del 26 de junio de 2024, la "obligación de opción" ("Optionspflicht") quedará completamente abolida. Esto significa que los hijos de padres extranjeros que hayan adquirido la nacionalidad alemana por nacimiento en Alemania y una nacionalidad extranjera por descendencia de sus padres ya no tendrán que elegir una nacionalidad a los 21 años.
La adopción, con efectos conforme al derecho alemán, de una persona por parte de un/a nacional alemán/alemana conlleva la adquisición de la nacionalidad alemana, en caso de que el hijo aún fuera menor de edad en la fecha de la solicitud de adopción
Las personas que tengan su residencia habitual en Alemania podrán adquirir la nacionalidad alemana por naturalización si cumplen determinados requisitos. La naturalización de una persona que tenga su residencia habitual en el extranjero es una excepción. Por lo general esto solo será posible en el marco de una reparación en materia de derecho de nacionalidad (más información).