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Asuntos sociales – prestaciones
FAQ
Aquí encontrará toda la información de la Seguridad Social de España, Organismo emisor de la tarjeta sanitaria europea para residentes en España dados de alta en la Seguridad Social Española.
En este link además encontrará amplia y detallada información en relación a la cobertura sanitaria en Alemania.
En caso de que tuviera dudas, le recomendamos que se ponga en contacto con su representación diplomática directamente en Alemania, es decir con la
Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en Berlín.
La Embajada no es el organismo competente para expedir el formulario PD U1, le recomendamos que se dirija al Servicio Público de Empleo Estatal SEPE de España para informarse sobre los periodos cotizadas en Alemania y la manera de solicitar el formulario PD U1.
La información publicada por el SEPE dice que „para acceder a la protección por desempleo en España, se tendrán en cuenta, además de las cotizaciones efectuadas en España, lo que se haya cotizado en otros países de la UE/EEE y en Suiza. La información sobre los períodos cotizados será intercambiada principalmente por vía electrónica entre las instituciones y no hay obligación de que los trabajadores migrantes entreguen el PD U1 sino que la institución que tramita la solicitud de prestaciones por desempleo deberá solicitar la información necesaria a través del intercambio electrónico de datos (EESSI) con la institución competente del país donde efectuó sus cotizaciones.“
Más información al respecto encontrará también en la página web de la CONSEJERÍA DE TRABAJO, MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL de la Embajada de España en Alemania.
También puede contactar en relación a su consulta la siguiente oficina que pertenece a la Agencia Federal de Empleo, puede comunicarse en castellano:
Zentrale Auslands- und Fachvermittlung (ZAV)
Internationaler Personalservice
Villemombler Str. 76, 53123 Bonn (Alemania)
Hotline: +0049 228 713 1313
A pesar de que el Consejo Europeo y el Parlamento Europeo alcanzaron un acuerdo provisional sobre la propuesta de creación de una tarjeta europea de discapacidad en febrero de 2024, lamentablemente todavía no está en vigor el reconocimiento mutuo de la discapacidad entre los estados miembros de la UE, ya que los estados miembros todavía tienen 2,5 años para adaptar su legislación nacional y 3,5 años para aplicar la directiva. Esto significa que, hasta entonces, el reconocimiento de la tarjeta alemana de discapacidad en España no es válido. Lo mismo ocurre en el caso inverso, en lo que respecta al reconocimiento de la tarjeta de discapacidad española en Alemania.
Sin embargo, usted tiene la opción de que las Comunidades Autónomas que son los competentes en España para esa materia, le reconozcan su condición de persona con discapacidad. Puede dirigirse a las Consejerías de Asuntos Sociales o Dependencia de las Comunidades Autónomas. Tenga en cuenta, no obstante, que este procedimiento puede ser largo y que el reconocimiento y la determinación del grado de discapacidad pueden estar sujetos a normas diferentes.