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Autenticación de firmas

16.04.2024 - Artículo

Las representaciones alemanas en España pueden autenticar firmas, siempre y cuando el documento en cuestión vaya a ser empleado en Alemania. Para la autenticación de una firma es imprescindible concertar cita previa con la representación competente. Las Oficinas de las/los Cónsules Honorarios/ Honrarias también pueden autenticar firmas.

Excepción: Conforme a la Ley sobre el blanqueo de dinero las representaciones alemanas no tienen potestad ni para realizar autenticaciones de firma ni para comprobar la identidad en casos de apertura de cuentas bancarias, concesión de créditos y similares; así como a las solicitudes de tarjetas de crédito y poderes bancarios.

Durante la cita no se dan instrucciones legales sobre el contenido ni se expliqua las consecuencias legales de la firma. Con la autenticación de la firma se confirma la identidad de la persona que firma el documento. Por lo tanto, es necesario acudir personalmente a la cita.

En general, se requiere una autenticación de firma para los siguientes supuestos:

Declaración de conformidad para contratos de compraventa, confirmación de un poder, inscripción en el registro mercantil, repudio de una herencia, e.o.

Documentación requerida:

  • documento de identidad en vigor (por ejemplo su pasaporte o carnet de identidad)
  • el documento que deba ser firmado; si procede, fotocopia del contrato escriturado
  • En caso de que no firme en su propio nombre (p. ej., como representante de una empresa, tutor/a de un tutelado), deberá aportar además una prueba de que ostenta el derecho de representación.

Tasa

La tasa por la autenticación de firma asciende a 56,43 €.

Las tasas y gastos tendrán que ser abonados en efectivo o con tarjeta de crédito (Visa o Mastercard). La tarjeta de crédito debe ser presentada físicamente y se debe reflejar en ella el número y el nombre del titular de la tarjeta. NO es posible el pago con el Smartphone o Smartwatch. Las oficinas de los/las Cónsules Honorarios/as solo aceptan el pago en efectivo, con excepción de la oficina de la Cónsul Honoraria de Alicante que en general solo acepta el pago con tarjeta de crédito.

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