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Registro Central de Testamentos de la Cámara Federal de Notarios

Testament

Testament, © picture alliance

26.04.2023 - Artículo

Desde el 1 de enero de 2012, los datos  de todos los documentos relevantes para la sucesión (testamentos, contratos de herencia, etc.) que se depositan en custodia oficial se registran en el Registro Central de Testamentos de la Cámara Federal de Notarios. Esto facilita localizar los documentos relevantes para la sucesión depositados oficialmente en caso de fallecimiento de un/a causante. Desde el 1 de enero de 2012, el Registro Central de Testamentos recibe información de todos los fallecimientos de los que tiene conocimiento un Registro Civil alemán, y verifica si  documentos correspondientes que regulan la herencia están inscritos en el registro. Si fuera este el caso, el Registro Central de Testamentos informará al órgano depositario correspondiente, así como al tribunal de sucesión presuntamente competente. Las entidades de custodia se encargarán de enviar los documentos al tribunal de sucesión.

¿Qué queda depositado en el registro central de actos de última voluntad?

En el Registro Central de Testamentos se registran los datos de custodia de los documentos relevantes para la sucesión que han sido elevadas a escritura pública y/o custodiadas oficialmente de forma especial en los tribunales locales alemanes. Esto incluye todas las disposiciones mortis causa que han sido certificadas por un notario o un consulado, por ejemplo, los testamentos y los contratos de herencia, pero también los testamentos privados (ológrafos) que han sido puestos bajo custodia oficial especial en los tribunales locales. El registro de estas escrituras es imperativa desde el 01.01.2012, es decir, los notarios, los funcionarios consulares o los tribunales están obligados a registrar a partir de esta fecha. Los testamentos ológrafos custodiados en privado no se pueden documentar en el registro, pues en caso de fallecimiento solo son informados los órganos depositarios oficiales.  Tampoco los notarios o instituciones designados en el extranjero pueden inscribir las escrituras en el Registro Central de Testamentos. Cabe señalar que ni los documentos mismos  ni su contenido se depositan o almacenan en el Registro Central de Testamentos.

¿Qué se aplica a los alemanes residentes en el extranjero?


En principio, las declaraciones relativas a la sucesión sólo se pueden certificar ante notario en la embajada o en los consulados  si el personal consular está autorizado para ello. En este caso, a continuación, se custodian automáticamente en Alemania y se inscriben en el Registro Central de Testamentos.
Si un/a alemán/a residente en el extranjero desea que su documento (extranjero) relevante para la sucesión se inscriba en el Registro Central de Testamentos, primero debe depositarlo oficialmente en un tribunal testamentario alemán. Los ciudadanos alemanes pueden decidir por sí mismos cual tribunal sucesoria será responsable. La información sobre el procedimiento está publicada en las páginas web de los tribunales sucesorios. La entrega a la custodia oficial no requiere la participación de la representación consular alemana. Si la residencia en el extranjero es permanente, es aconsejable redactar un testamento de acuerdo con las normativas locales ante un notario español, que luego se inscribe también en el Registro de Actos de Última Voluntad del Ministerio de Justicia español.


Para que el Registro Central de Testamentos pueda cumplir sus funciones de comprobación también en el caso de los fallecimientos en el extranjero, las representaciones alemanas  en España remiten los certificados de defunción de alemanes que llegan a recibir, a la Oficina de Registro I de Berlín.

Para poder localizar un documento relevante para la sucesión, los funcionarios públicos nacionales, como los tribunales y los notarios (también los notarios en España que estén tramitando un procedimiento de expedición de certificado sucesorio europeo), pueden realizar una consulta en el propio Registro Central de Testamentos. Los notarios y funcionarios extranjeros pueden realizar esta consulta por correo. Los formularios correspondientes pueden solicitarse al Registro Central de Testamentos por correo electrónico.  En lo relacionado con sus propios documentos los ciudadanos y ciudadanas también pueden contactar directamente con la Cámara Federal de Notarios

Las representaciones alemanas en el exterior no pueden realizar dicha consulta.


Correo electrónico: info@testamentsregister.de
Fax: +49 - 30 - 38386688
Internet: www.testamentsregister.de

Aviso:
No se puede expedir un certificado negativo del Registro Central de Testamentos en el que conste que una persona alemana o residente en Alemania no haya hecho una disposición de última voluntad válida según la legislación alemana. Sin embargo, el registro puede utilizarse para verificar si existen documentos relevantes para la sucesión de un/a causante bajo custodia oficial en Alemania. Si esto no es el caso, el Registro Central de Testamentos proporcionará la información pertinente.


Esto no excluye  la existencia de un testamento ológrafo custodiado de forma privada, que según el artículo 2259 del BGB alemán o según los artículos 688 y sig. del Código Civil español debe entregarse a la autoridad responsable del procedimiento sucesorio, o una disposición de última voluntad válidamente ejecutada por notarios o instituciones designadas a este fin en el extranjero.

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