Willkommen auf den Seiten des Auswärtigen Amts
Visados para ciudadanos de terceros países para la prestación de un servicio temporal en Alemania (visado Vander Elst)

Bauarbeiter, © colourbox
Según las disposiciones europeas sobre la libre prestación de servicios, las empresas con sede en un Estado miembro de la UE pueden desplazar a nacionales de terceros países a otro Estado miembro de la UE para prestar un servicio durante un periodo limitado
¿Qué se entiende por prestación temporal de servicios?
Según las disposiciones europeas sobre la libre prestación de servicios, las empresas con sede en un Estado miembro de la UE pueden desplazar a nacionales de terceros países a otro Estado miembro de la UE para prestar un servicio durante un periodo limitado de tiempo sin necesidad de un permiso de trabajo u otra autorización en virtud de la legislación laboral (la llamada libre prestación de servicios activa).
Los desplazamientos intraempresariales, es decir, las misiones temporales en una sucursal de la empresa en Alemania, no suelen estar cubiertos por esta medida. Los nacionales de terceros países que tengan el estatuto jurídico de residentes de larga duración en otro Estado miembro de la Unión Europea (en España: título de residencia según "residencia larga duración UE") y que presten servicios temporales en Alemania para una empresa de este Estado miembro durante un período no superior a tres meses dentro de un plazo de 12 meses están exentos de la obligación de solicitar un visado según "Vander Elst".
Si el residente de larga duración tiene la intención de prestar servicios temporales durante más de tres meses dentro de un período de 12 meses, sigue siendo necesario solicitar un visado. En estos casos, debe realizarse un trámite de visado antes de la entrada. Se expide un "visado según Vander Elst", que da derecho explícitamente al correspondiente empleo remunerado en Alemania mientras dure la prestación de servicios.
¿Quién necesita visado?
En general, los extranjeros necesitan visado para estancias superiores a tres meses. Esto no se aplica a los nacionales de la UE (Unión Europea), del EEE (Espacio Económico Europeo) ni de Suiza.
Los ciudadanos de Australia, Israel, Japón, Canadá, Nueva Zelanda, la República de Corea, los Estados Unidos de América y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte también pueden obtener el permiso de residencia necesario después de entrar en Alemania de la autoridad de extranjería competente en Alemania. No tiene que solicitar un visado antes de trasladarse a Alemania. Sin embargo, no puede ejercer una actividad remunerada hasta que tenga el correspondiente título de residencia alemán.
Los nacionales de los siguientes países deben solicitar un visado para ejercer una actividad remunerada antes de entrar en Alemania si van a entrar con este propósito: Andorra, Brasil, El Salvador, Honduras, Mónaco, San Marino.
Para todos los demás nacionales con residencia habitual en España, se aplica el principio: el visado de larga duración debe solicitarse en la Embajada en Madrid antes de la entrada.
¿Cómo obtengo una cita para presentar una solicitud?
Las citas sólo pueden concertarse a través de nuestro sistema electrónico de reserva de citas. Tenga en cuenta que cada solicitante debe presentarse en persona.
Debido a la gran demanda, es posible que actualmente no haya fechas libres disponibles. No obstante, periódicamente se liberarán nuevas fechas. También se volverán a poner a disposición citas libres debido a cancelaciones.
¿Qué documentos debo presentar?
Por favor, prepare los siguientes documentos de solicitud. Los documentos que no estén expedidos en alemán o inglés deberán presentarse acompañados de una traducción jurada al alemán o al inglés. Se exceptúa la página de datos del pasaporte.
Los certificados, diplomas o similares deben presentarse en original. Los originales le serán devueltos tras la tramitación de su solicitud.
- Formulario de solicitud que incluya las instrucciones de acuerdo con el artículo 54 de la AufenthG, cumplimentado en su totalidad y firmado en inglés o alemán. Utilice nuestro formulario de solicitud digital.
- Fotografía biométrica de pasaporte actual (formato: véase el tablón de muestras de fotografías)
- Pasaporte válido Nota: El pasaporte debe tener una validez mínima de 9 meses a partir de la fecha de entrada, tener al menos 2 páginas en blanco y haber sido expedido en los 10 años anteriores.
- copia simple de la página de datos de su pasaporte en vigor
Copia simple de su permiso de residencia español en vigor
Confirmación del proveedor de servicios sobre los siguientes puntos
Fecha prevista de inicio y finalización de la misión en Alemania
Lugar de la misión en Alemania
Descripción detallada del servicio que se prestará y para qué trabajo concreto se enviará al solicitante a Alemania
Acuerdo entre el prestador de servicios y la empresa con sede en Alemania sobre el servicio previsto (contrato de servicios o de trabajo)
Para la empresa alemana: extracto del registro mercantil o prueba de inscripción en la Cámara de Artesanía o en la Cámara de Industria y Comercio.
Prueba de que el solicitante está debidamente en posesión de un permiso de trabajo en España,
está debidamente afiliado a la Seguridad Social y dado de alta por desplazamiento al extranjero; para ello es necesario el certificado A1.
Contrato de trabajo del prestador de servicios con el solicitante del visado.
Justificante de cobertura suficiente obligatorio o privada) del seguro de enfermedad para Alemania desde el momento de la entrada. Durante el procedimiento de visado en curso, también es suficiente una carta de confirmación de la compañía de seguros de que se dispondrá de cobertura suficiente de seguro médico desde el momento de la entrada en caso de que se conceda el visado.
Certificado de antecedentes penales español apostillado (sin traducción)
Tenga en cuenta que su solicitud sólo podrá tramitarse si sus documentos están completos el día de la solicitud. En casos concretos, puede ser necesaria la presentación de documentos adicionales.
Tasas y gastos
Información sobre las tasas
¿Cuándo recibiré el visado?
La Embajada de Madrid decidirá sobre su solicitud lo antes posible.
La experiencia demuestra que el tiempo de tramitación desde el día de la solicitud es de 2-3 semanas. Por favor, absténgase de preguntar sobre el estado de su solicitud durante este tiempo.
Nos pondremos en contacto con usted en cuanto finalice la tramitación de su solicitud de visado. Si su solicitud ha sido aceptada, le informaremos por correo electrónico de cuándo y cómo puede presentar su pasaporte para obtener el visado.
Si su solicitud de visado ha sido denegada, puede deberse a varias razones. Le comunicaremos estos motivos en una carta de denegación. Puede presentar una nueva solicitud en cualquier momento.
¿Cuál es la validez del visado?
Si la decisión es positiva, se expedirá un visado con una validez de 12 meses. En el visado figurarán su nombre completo, número de pasaporte y fotografía. Se indica el periodo de validez del visado, así como información sobre un posible empleo remunerado en Alemania.
Con el visado de entrada puede viajar dentro del espacio Schengen.
Protección de datos
Aquí encontrará información conforme al art. 13 y 14 del Reglamento (UE) 2016/679 (Reglamento general de protección de datos) sobre la protección de datos en el procedimiento de solicitud de visado.