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Preguntas frecuentes

13.06.2024 - FAQ

FAQ

Como usted vive en España, debe dirigirse a las autoridades españolas para todo lo relacionado con su estancia en el espacio Schengen.

Sólo puede entrar en Alemania por un máximo de 90 días con un permiso de residencia español válido.

No es posible entrar en Alemania con un permiso de residencia español caducado y la prórroga solicitada y/o una „autorización de regreso“.

No es posible entrar en Alemania con una „autorización de regreso“.

Por tanto, debe ponerse en contacto con la autoridad española competente y solicitar su permiso de residencia español. Sólo puede entrar en Alemania por un máximo de 90 días con un permiso de residencia español válido.

Sí, es posible. Sin embargo, la embajada alemana sólo puede tramitar su solicitud si usted puede demostrar que su residencia habitual está en España. La prueba puede consistir, por ejemplo, en un permiso de residencia español en vigor, un contrato de alquiler o extractos bancarios, etc.

Hay que solicitar un visado antes de entrar en el país para cualquier empleo de más de 90 días.

Sin embargo, hay excepciones:

1. Los nacionales de la UE, del Espacio Económico Europeo y de Suiza no necesitan visado.

2. Los nacionales de los siguientes países tampoco necesitan visado a la entrada y pueden solicitar el permiso de residencia necesario en Alemania en la Oficina de Extranjeros

Australia, Israel, Japón, Canadá, Nueva Zelanda, República de Corea, Estados Unidos de América y Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

Sin embargo, sólo podrá empezar a trabajar si dispone del correspondiente permiso de residencia alemán. Por tanto, infórmese de los plazos de tramitación.

Si quiere trabajar inmediatamente después de entrar en Alemania, debe solicitar previamente un visado.

En general, no se permite trabajar menos de 90 días sin visado. Puede haber excepciones, por ejemplo para prácticas o actuaciones artísticas. Póngase en contacto con nosotros para aclarar si necesita o no un visado.

Es necesario solicitar un visado antes de entrar en el país para cualquier estancia superior a 90 días.

Sin embargo, hay excepciones:

Los ciudadanos de los siguientes países pueden entrar en Alemania sin visado y solicitar el permiso de residencia necesario a la autoridad de extranjería en Alemania:

Australia, Israel, Japón, Canadá, Nueva Zelanda, República de Corea, Estados Unidos de América, Andorra, Brasil, El Salvador, Honduras, Mónaco, San Marino y Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

Esto no se aplica si entra por motivos de trabajo.

Si tiene un permiso de residencia español „régimen comunitario - familiar ciudadano de la Unión“ válido, puede entrar en Alemania sin visado si el ciudadano de la UE al que se refiere el permiso de residencia (cónyuge, hijo) ya está en Alemania o si viajan juntos a Alemania.

Aquí encontrará información

Sólo puede concertar una cita para solicitar un visado directamente a través de nuestra página web.

Debido a la gran demanda, es posible que actualmente no haya citas libres disponibles. No obstante, periódicamente se liberarán nuevas citas. También se volverán a poner a disposición otras citas debido a cancelaciones.

Por ello, le aconsejamos que consulte repetidamente nuestro sistema de reservas en la página web.


Por favor, compruebe también si puede presentar la solicitud en línea. Encontrará más información aquí.


Para algunos tipos de visado, es posible presentar la solicitud en línea a través del online portal. Encontrará más información aquí


Estaremos encantados de concertar una cita conjunta con su familia.

En cuanto le informemos de que puede concertar una cita, resérvela y comuníquenos por correo electrónico o a través del formulario de contacto que desea acudir a la embajada con su familia. Indique los nombres y números de pasaporte de los miembros de su familia.

Aquí encontrará los documentos necesarios para el visado de reagrupación familiar. Deberá presentarlos en la cita.

En primer lugar, compruebe si puede presentar su solicitud en línea en el portal internacional. Allí encontrará información detallada y le guiarán a través del proceso de solicitud.

Si presenta su solicitud directamente en la embajada, a continuación encontrará enlaces a los documentos que debe presentar:

Documentos necesarios para: Actividad profesional/formación profesional

Documentos necesarios para: Reagrupación familiar

Documentos necesarios para: Estudios, curso de idioma y formación


Para algunos fines de residencia en Alemania, por ejemplo para estudiar, para un curso de idiomas o para la „Chancenkarte“, debe demostrar que dispone de fondos suficientes para cubrir sus gastos de manutención. Para ello, le recomendamos que abra una cuenta bloqueada.

Encontrará información sobre la cuenta bloqueada en la página web del Ministerio Federal de Asuntos Exteriores.

Además, una persona que viva en Alemania puede presentar una „declaración de compromiso“ para su estancia. Para ello, esta persona debe ponerse en contacto con la autoridad de extranjería de su lugar de residencia.

Todos los documentos deben presentarse en alemán o en inglés. Si están expedidos en otro idioma, deberá hacer traducir los documentos al inglés o al alemán.

No, su pasaporte le será devuelto inmediatamente.

Deberá presentar de nuevo su pasaporte para recoger su visado.

Si ya dispone de un permiso de residencia español por motivos de estudio o investigación, también puede estudiar o investigar en Alemania sin necesidad de un permiso de residencia alemán y no necesitan solicitar un visado. Compruebe si puede acogerse al programa de movilidad para Alemania:

Estudiantes

Investigadores

En caso de que no puede acogerse al programa de movilidad para Alemania, puede solicitar el visado correspondiente. Encontrará información detallada sobre el procedimiento de visado aquí:

Estudiantes

Investigadores


Puede viajar a Alemania para realizar unas prácticas sin visado si:

- su estancia en Alemania no supera los 90 días

- sus prácticas son obligatorias en el marco de su carrera universitaria

- cuentas con la autorización previa de la Agencia Federal de Empleo o tus prácticas están subvencionadas por una beca Erasmus de la Unión Europea.

En todos los demás casos, necesitará un visado.

Puede solicitar un visado „Working Holiday“ personalmente en la Embajada de Alemania en Madrid.

En principio, no necesita permiso de residencia español para este visado, pero hay excepciones.

Puede encontrar toda la información sobre los requisitos y los documentos necesarios aquí.


No se puede expedir un visado para todos los empleos.

Compruebe primero si cumple los requisitos para la solicitud en línea.

Si no es así, su empleador puede ponerse en contacto con la Agencia Federal de Empleo y obtener una autorización previa. Usted y su empleador pueden encontrar toda la información pertinente aquí



Hay muchas posibilidades de trabajar en Alemania.

En el portal del Gobierno Federal para trabajadores cualificados procedentes del extranjero puede buscar el trabajo que desee y ver las oportunidades disponibles. El portal está disponible en varios idiomas:



Encontrará toda la información aquí

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